La necesidad de un ascensor

Las obras de cierta envergadura, si vivimos en una Comunidad de Propietarios, deben ser aprobadas por todos los vecinos, cosa que tiene cierto sentido: Si el edificio lo compartimos todos, todos debemos decidir cómo lo modificamos. Sin embargo, este régimen, en ciertos casos, se ve superado en favor de un principio fundamental de nuestro sistema como es la dignidad. En estas líneas trataremos cómo la vida de aquellos que padecen dificultades de movilidad, como es el caso de discapacitados o personas mayores, tienen derecho a ver su vida facilitada con la instalación de un ascensor.
Según la la Ley de Propiedad Horizontal, aquellas personas que vivan, trabajen o presten servicios altruistas en un inmueble, acreditando ser discapacitados o mayores de 70 años (para lo que sólo se requiere presentar un documento a los vecinos), pueden solicitar que se habilite un ascensor. Es importante destacar que no es necesario que sean propietarios. En otras palabras, ostentaremos este derecho si somos propietarios, arrendatarios, subarrendatarios, usufructuarios o meros usuarios de la misma.

Dicho esto, ¿cómo afecta nuestro derecho a la Comunidad? ¿Seguimos necesitando su consentimiento?

Las Comunidades de Propietarios están obligadas a hacer los edificios accesibles. Así, cuando lo solicitemos, nuestra Comunidad estará obligada a realizar las obras y actuaciones necesarias para garantizar que los elementos comunes se adaptan a nuestras necesidades.

En otras palabras, los gastos de esas obras los cubrirán todos los vecinos de la Comunidad, (siempre y cuando su coste no supere doce mensualidades ordinarias de gastos comunes). En caso de sobrepasarse dicho límite, sí que será necesario que la Comunidad apruebe la obra, votando a favor la mayoría los vecinos.

Los acuerdos aprobados por la Comunidad de Propietarios deben cumplirlos todos los vecinos. Tanto es así que, de no hacerlo, nosotros o la comunidad podremos pedir que un Juez obligue al incumplidor a obedecer el acuerdo. Incluso, a título personal, estamos legitimados a reclamar que la Comunidad se ponga manos a la obra.

Es más que recomendable que nos acompañe, en todo este proceso, un abogado especialista en Propiedad Horizontal, que velará por nuestros derechos y garantizará que éstos se hagan cumplir.