El 44% de las PYMES españolas tiene facturas pendientes de cobro, según datos de CEPYME. Lo que no dicen las estadísticas, sin embargo, es que una parte de esa morosidad es intencionada. No se debe a la insolvencia del moroso, sino a la falta de perseverancia o conformismo del acreedor, que, ante las tácticas dilatorias del moroso para no pagar, desiste por cansancio o por falta de personal y formación para la persecución de impagos.
Para evitar la morosidad o gestionarla de forma eficiente es necesario tenerla prevista trabajando de forma previa a la facturación y persistiendo en la posterior reclamación. En el primer caso, hay que llevar a cabo prácticas anti-morosidad como pedir informes comerciales o de solvencia a la entidad bancaria, acudir a registros de solvencia o pactar pagos periódicos y no únicos para limitar el riesgo. A ello le debemos añadir prácticas favorables al cobro, como la domiciliación de los pagos, cartas recordatorio antes y después del vencimiento de las facturas y emitirlas con prontitud.
Pero existen también prácticas favorables a la reclamación, cuando el impago ya es un hecho. Entre ellas, tener un documento escrito o contrato (puede ser un presupuesto o pedido) firmado por ambas partes. Para que esa reclamación tenga éxito, debe ser persistente. Por ello lo recomendable es entregar la gestión de la morosidad a un tercero, que controle la prescripción (la ley se modificó y ahora el plazo genérico para reclamar deudas se ha reducido de 15 a 5 años), que realice una reclamación sistemática, insistente, con calendario, documentada por si hay que ir a la vía judicial y que facilite fórmulas de pago. Es una manera de que el empresario quede al margen de una reclamación que normalmente deteriora la relación para siempre.
En la actualidad hay despachos -el nuestro incluido- que ofrecen fórmulas de pago de sus honorarios por resultado, descuentos por volumen y cualquier otra fórmula que impida aumentar la penosidad del acreedor. A diferencia de las agencias de cobros, un despacho de abogados es respetuoso con la legalidad vigente, con su código deontológico y con los derechos del moroso, sin prácticas de hostigamiento como las que practican algunas agencias de cobros, con excesos que ya han sido llevados a los tribunales, y que pueden acabar convirtiendo al moroso en víctima.