Gastos hipotecarios: La nueva sentencia del Tribunal Supremo.

En otro artículo comentamos la relevancia de la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo respecto de las cláusulas suelo y de los gastos hipotecarios, jurisprudencia que abrió la puerta a reclamar las cantidades entregadas en virtud de cláusulas que fueron tenidas por abusivas.

Pues bien, el Alto Tribunal ha vuelto a dictaminar sobre la misma materia, matizando su anterior sentencia. En esta entrada os explicamos los efectos de la nueva resolución.

¿Ya no voy a poder reclamar?

Rotundamente, no. Las cláusulas abusivas que cargaban parte de los gastos al deudor no han dejado de serlo. En otros términos, aún puede acudir a los tribunales a reclamar sin problema.

Entonces, ¿a qué afecta la sentencia?

Como comentamos en el último artículo, cuando se formaliza una hipoteca se incurren en dos tipos de gastos (además de los derivados del préstamos en si mismo): Los gastos de compraventa, asociados a la operación de transmisión de un inmueble propiamente, opere o no hipoteca, y los de constitución de la garantía hipotecaria.

La sentencia del Tribunal Supremo afecta a una parte de ambos gastos, en concreto, al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), tributo que se debe pagar cuando se realizan ciertos actos formalizados en documentos públicos (como una escritura ante notario). Tanto la hipoteca como la compraventa de un inmueble son actos que se reseñan en documentos públicos.

La sentencia que nos ocupa resuelve que el AJD debe ser pagado por el cliente y no el banco. También se matiza que los documentos notariales originales (que no las copias) las pagaran ambas partes por igual.

Así, ¿puedo seguir reclamando?

Claro que sí. Repasemos, pues, qué podemos reclamar.

Aparte de las ya tratadas cláusula suelo y de los cobros de ellas derivados, en caso de que el banco, en su día, nos los cobrase, tenemos derecho a que se nos reembolsen los siguientes gastos:

  • Gastos en gestoría.
  • Gastos notariales.
  • Gastos del Registro de la Propiedad.
  • Gastos de tasación.

El proceso es farragoso y complejo y la contraparte, el banco, un verdadero Goliat. Por ello, siempre es recomendable gozar del asesoramiento de un abogado experto.